Renta 2018, fechas y novedades.
El 2 de Abril se puso en marcha la campaña de la Renta 2018. La campaña estará activa hasta el 1 de Julio de 2019.
Este año, se incluyen nuevas exenciones, por lo que será importante repasar el borrador para poder optimizar la declaración de la renta.
Es recomendable repasar el borrador, puesto que puede salir a devolver. Es importante tener en cuenta otros ingresos como alquileres, pensiones o rentas de productos financieros.
Lo que aconsejan los técnicos de hacienda es tener en cuenta las siguientes prestaciones exentas; compras de vivienda, alquileres turísticos y de vivienda habitual, ganancias patrimoniales, cambios en la situación familiar, deducciones autonómicas, aportaciones a partidos, planes de pensiones y gastos deducibles entre los autónomos.
Novedades de este año: Las prestaciones de maternidad y paternidad no tributan, hay que asegurarse de que este tipo de prestaciones no aparecen en el apartado de rendimientos del trabajo. La deducción por maternidad ha aumentado hasta los 2.200 euros, pero siempre que el contribuyente sufrague gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados. También recoge como novedad la subida de 600 euros anuales por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general o del sexto para la categoría especial, pero en el ejercicio 2018 solo aplica de agosto a diciembre.
Otro punto a tener en cuenta es que también ha aumentado la deducción por invertir en empresas de nueva creación, esta se incrementa un 10% con respecto al año anterior con un límite de 60.000 euros.
La novedad para los autónomos pasa por poder deducirse los gastos derivados del consumo energético y las dietas con soporte justificado.
La fiscalidad de la lotería cambia en 2018 con un aumento del límite exento de tributar desde los 2.500 euros hasta los 10.000 euros. Esto quiere decir que los primeros 10.000 euros que hayas ganado con los concursos de la Lotería Nacional o la Cruz Roja, entre otros, no tributarán en la renta. Las pensiones provenientes del extranjero de menos de 1.500 euros al año están exentas de declarar siempre que el resto de rentas del trabajo no superen los 22.000 euros. Esto quiere decir que si el resto de tus ingresos no superan esa cifra, esos 1.500 euros de la pensión extranjera no se sumarán en el IRPF.
Es muy importante tener en cuenta las peculiaridades de las comunidades autónomas, que tienen sus propias deducciones en determinadas materias.